Daños y Accidentes
- ¿Qué pasa si pierdo el juicio? ¿Tengo que pagar yo?
- ¿Cómo sé si el demandado pagará?
- ¿De qué dependerá el monto del reclamo?
- ¿Cómo puedo saber si tengo incapacidad?
- En caso de un accidente de tránsito. ¿Qué debo hacer?
Respuestas
¿Qué pasa si pierdo el juicio? ¿Tengo que pagar yo?
No, si se inicia junto con el expediente principal lo que se llama Beneficio de Litigar sin gastos a fin de probar con testigos que la situación económica de quien lo inicia no permite abonar las costas del juicio (gastos, tasa de justicia, honorarios de abogado de la contraparte y honorarios que se generen de los peritos que intervengan).
¿Cómo sé si el demandado pagará?
Si bien no se puede determinar "a priori" Antes del inicio de la acción evaluamos la solvencia económica del demandado, su compañía de seguros, a efectos de evitar sentencias incobrables que generen un mayor desgaste al damnificado y no logran resultados concretos en el plano económico.
¿De qué dependerá el monto del reclamo?
El experto tomará como parámetros la edad, la incapacidad y la actividad previa al accidente que desarrollaba la víctima.
¿Cómo puedo saber si tengo incapacidad?
El Estudio cuenta con médicos legistas que evaluarán la magnitud del daño y realizarán el correspondiente dictamen.
En caso de un accidente de tránsito. ¿Qué debo hacer?
En primer lugar conseguir datos en el momento del hecho, de los propietarios o conductores de los vehículos intervinientes en el hecho, sus aseguradoras y testigos presenciales.
